En el siguiente artículo abordaremos la correcta escritura de las palabras "evicción", "evisión" y "evición". Estas palabras pueden generar confusión debido a su similitud fonética y ortográfica, pero cada una tiene un significado y uso específico. A continuación, analizaremos cada término para comprender cuándo y cómo se deben utilizar correctamente.
Evicción
La palabra "evicción" se utiliza en el ámbito legal para referirse a la pérdida, por parte del comprador, de una cosa comprada a causa de la existencia de un derecho ajeno. Es decir, cuando el comprador pierde la propiedad de un bien adquirido debido a reclamaciones o demandas de terceros que ostentan un derecho legítimo sobre dicho bien.
Por ejemplo:
- El comprador demandó al vendedor por evicción, ya que otro individuo reclamaba la propiedad del automóvil vendido.
- El contrato de compraventa establece que el vendedor se compromete a garantizar al comprador contra cualquier evicción futura.
Evisión
No existe la palabra "evisión" en el diccionario de la RAE ni en el contexto legal. Es importante tener en cuenta que, en algunas ocasiones, puede ocurrir que una palabra sea empleada incorrectamente o que no exista en absoluto. En el caso de "evisión", no existe como término válido, por lo que se debe evitar utilizarlo al escribir o hablar correctamente en español.
Evición
La palabra "evición" también se utiliza en el ámbito legal, pero su significado es diferente al de "evicción". Se refiere a la pérdida de la posesión de un bien inmueble por parte del comprador debido a una sentencia judicial que declara nulo el contrato de compraventa debido a vicios ocultos o defectos en la propiedad.
Por ejemplo:
- El comprador ganó el juicio por evición y obtuvo el reintegro del precio pagado por el inmueble.
- El contrato establece que el vendedor será responsable por cualquier evición que afecte la propiedad vendida.
"evicción" se utiliza para referirse a la pérdida de la propiedad de un bien debido a reclamaciones de terceros, mientras que "evición" se refiere a la pérdida de la posesión de un bien inmueble debido a una sentencia judicial. Por otro lado, "evisión" no es una palabra válida y debe evitarse su uso.
Es importante tener en cuenta el contexto en el que se utilizan estas palabras y consultar el significado en el diccionario antes de su empleo. Conocer la diferencia entre "evicción" y "evición" evitará inexactitudes y confusiones en el ámbito legal y en la comunicación en general.
Fuentes consultadas
- Diccionario de la Real Academia Española (RAE)
- Libro "Diccionario Jurídico" de Manuel Ossorio
Notas al pie de página
- Vicios ocultos: Defectos ocultos que afectan la utilidad o el disfrute de un bien inmueble y que, de haber sido conocidos por el comprador, este no lo habría adquirido o lo habría aceptado en condiciones diferentes.
Palabras clave
Evicción, evisión, evición, derecho, compraventa, propiedad inmueble, reclamaciones, vicios ocultos.